Tipos de indemnizaciones laborales

¿Te han despedido de tu trabajo? ¿No estás seguro de si estás recibiendo la indemnización laboral que te corresponde? A continuación, te explicamos qué tipos de indemnizaciones podemos encontrar y a cuál de ellas puedes optar.

Tipos de indemnizaciones según el tipo de despido laboral

Según el tipo de despido por el cual se ha extinguido la relación laboral entre la empresa y el trabajador, podemos encontrar varios tipos de indemnizaciones. En ellas influye la cantidad de días para llevar a cabo la compensación económica. Debes tener en cuenta que no todos los casos son iguales, ya que también influye el tipo de contrato que se tenía —como veremos a continuación— o si la persona se encontraba contratada con una situación especial. No obstante estos son los más comunes.

Indemnización por despido de un ERE

Como en este caso la indemnización se ha producido de manera colectiva y afecta a un gran colectivo, la cuantía que debe percibir el trabajador se calcula en base a los 20 días trabajados por año trabajado en la empresa.

Indemnización por despido procedente

En este caso, el despido se ha cumplido siguiendo las leyes ya que el trabajador no cumple con las obligaciones o se ausenta del puesto de trabajo sin justificación, es por ello que —a pesar de lo que se cree— no existe ningún tipo de indemnización para el trabajador.

Indemnización por despido improcedente

Lo que ocurre en este caso es que el trabajador ha sido despedido sin ninguna causa justificada. Por ello, la empresa está obligada a pagar al extrabajador con una indemnización de 45 días por año trabajado. Ojo, esto es solo posible si el contrato se firmó antes de febrero de 2012. En caso contrario, la indemnización se corresponde con 33 días por año trabajado.

Tipos de indemnizaciones según el tipo de contrario

Acabamos de ver los diferentes casos en los cuales un trabajador tiene derecho a recibir una indemnización dependiendo de cómo ha sido el despido. Salvo el despido improcedente, el trabajador tiene derecho en todos los casos. La cantidad total a percibir varía en función de los días trabajados por año pero, también, en función del tipo de contrato que tenía y que ahora se ha extinguido. En estos casos encontramos las diferentes indemnizaciones.

Contrato indefinido o temporal

Si el contrato concluye antes de lo establecido, la indemnización a pagar es la misma que en el caso de un despido improcedente. Aunque si el trabajador contaba con una antigüedad superior a febrero de 2012 la cantidad a abonar debe ser de 45 días por año trabajado.

Contratos temporales

En este caso, lo que ocurre es que la indemnización se establece en base al sueldo del empleado. Es decir, en el caso en el que el contrato finalice y no se produzca una renovación del contrato. En este caso, la indemnización que debe recibir el trabajador va a acorde a la fecha en la cual se formalizó el contrato, según establece el artículo 49.1.c del Estatuto de Trabajadores. En este caso, nos encontramos ante el siguiente panorama:

  • Contratos firmados hasta el primero de enero de 2015: 12 días por año
  • Contratos firmados hasta el primero de enero de 2014: 11 días por año
  • Contratos firmados hasta el primero de enero de 2013: 10 días por año
  • Contratos firmados hasta el primero de enero de 2012: 9 días por año
  • Contratos firmados hasta el primero de enero de 2011: 8 días por año

El calculo se hace de manera proporcional, es decir, prorrateando con respecto al año completo.

Contratos de fomento del empleo

Cuando el despido se produce en un contrato para el fomento del empleo, lo que el trabajador debe cobrar va acorde al un total de 33 días por año vencido. Por supuesto, siempre y cuando se hayan finalizado de manera involuntaria.

Cómo calcular la indemnización

Como comentaba, estos son los aspectos generales que afectan según establece la normativa a todas las empresas y trabajadores, no obstante, la cuantía total puede variar dependiendo de algunos aspectos como la antigüedad, el salario del empleado, etc. En este artículo puedes encontrar más información: https://www.bizneo.com/blog/tipos-indemnizacion-laboral/.

¿Qué es el finiquito? ¿Tengo derecho a cobrarlo?

A diferencia de la indemnización laboral, que no siempre puede ser cobrada, el finiquito es un documento que se entrega a los trabajadores una vez que han finalizado la relación laboral —en cualquiera de los casos explicados— y que obligan a la empresa a pagar una cuantía específica.

Siempre que se termina una relación laboral, aunque por fin de un contrato laboral, por un despido, por una baja voluntaria, etc., el trabajador tiene derecho a recibir su finiquito. El finiquito, entre otras, recoge una cantidad que va en base a las pagas extra que no recibió el trabajador, a los días del mes trabajados en el momento de ser despedido, a las horas pendientes de liquidar, a las vacaciones no disfrutadas, a los adelantos, etc. Cualquier cuantía que estaba pendiente de ser recibida por el trabajador y que a causa de la extinción del contrato no fue pagada de manera habitual, pero por ley le corresponde.

No hay que confundir, pues, el finiquito con una indemnización por despido o finalización de un contrato.